Artículo a revisión: Artículo 27, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

El Artículo 27 de la LGPGIR establece que los planes de manejo deben prevenir residuos, valorizarlos y evitar daños ambientales. Pero en la práctica se reducen a documentos genéricos sin metas, sin seguimiento y con escasa participación social.