Ante la presión del T-MEC, el Gobierno federal publica “Certificado de Libre de Deforestación”

La SEMARNAT crea el Certificado de Libre de Deforestación; se asegura que frenará exportaciones que cambien uso de suelo ilegalmente en Michoacán. / Ante la presión del T-MEC, el Gobierno federal publica “Certificado de Libre de Deforestación”

Ante la presión del T-MEC, el Gobierno federal publica “Certificado de Libre de Deforestación”

Por: en15dias.com / Con información de DOF

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo que mandata la expedición obligatoria del “Certificado de Libre de Deforestación”. Este nuevo instrumento público busca asegurar que las mercancías destinadas a mercados nacionales e internacionales provengan de poligonales geográficas donde no se haya realizado un cambio ilegal de uso de suelo en terrenos forestales.

El ordenamiento, firmado por la titular de la dependencia, Alicia Bárcena Ibarra, entró en vigor el 27 de mayo de 2026 y establece una vinculación directa entre la conservación de los ecosistemas y las reglas del comercio exterior del país.

EL NUEVO MARCO LEGAL Y SU IMPACTO EN EL COMERCIO EXTERIOR

A diferencia de regulaciones previas, este Acuerdo se sostiene sobre un bloque de legalidad que incluye el derecho constitucional a un medio ambiente sano (Artículo 4o.) y las facultades de la SEMARNAT bajo la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

El documento revela un antecedente clave: un Decreto federal publicado el 1 de mayo de 2026 que reformó de manera integral la Ley de Comercio Exterior (Artículo 15), la Ley Federal del Trabajo (adicionando el Artículo 283 Quáter) y la Ley Orgánica de la Administración Pública. Mediante estas modificaciones, el Estado mexicano incorporó formalmente la prevención de la deforestación como una causal legal para establecer medidas de regulación y restricciones no arancelarias a la exportación de mercancías. El nuevo certificado será el documento oficial indispensable para sortear dichas restricciones en las aduanas.

La operación técnica del mecanismo quedó asignada a la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico, unidad que deberá implementar un sistema de verificación cruzada. Mediante este sistema, se cotejarán las coordenadas geográficas de los predios solicitantes con la cartografía y bases de datos de uso de suelo derivadas del artículo 24 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

Asimismo, el Artículo Segundo del Acuerdo ratifica la estrecha coordinación con la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) para vigilar que no se otorguen apoyos económicos o incentivos agrícolas a productores que operen en zonas deforestadas o que fomenten la expansión de la frontera agropecuaria sobre zonas boscosas.

EL DIAGNÓSTICO DE FONDO: 44 MIL HECTÁREAS PERDIDAS AL AÑO

La justificación técnica de la SEMARNAT para emitir este decreto de orden público e interés social se apoya en los indicadores del Sistema Nacional de Monitoreo Forestal y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). De acuerdo con las mediciones oficiales del periodo 2001-2024:

El 21.99% de la pérdida de ecosistemas forestales en México ha sido causado de forma directa por la conversión a terrenos agrícolas.

Esto equivale a una tasa de destrucción exacta de 44,766 hectáreas deforestadas por año.

A nivel general, el INEGI diagnostica que el 28% de la superficie terrestre nacional ha sido transformada para fines urbanos y agropecuarios, provocando presión sobre los recursos hídricos y el deterioro de cuencas hidrogrográficas.

La medida se alinea normativamente con las metas del Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 (Estrategia 4.5.1, enfocada en frenar la pérdida de ecosistemas) y el Programa Sectorial de Medio Ambiente (Línea de acción 1.2.1), instrumentos que exigen un mayor control punitivo sobre el cambio de suelo.

ANTECEDENTES Y CONTRASTE CON LA REALIDAD EN MICHOACÁN

El despliegue de esta normativa federal impacta directamente las dinámicas de agroexportación analizadas por en15dias.com en sus investigaciones sobre el modelo agroindustrial.

En el caso de Michoacán, la superficie destinada exclusivamente al monocultivo de aguacate escaló de las 12,909 hectáreas registradas en 1974 a 266,109 hectáreas en el año 2024, un crecimiento acelerado tras la apertura comercial y la consolidación del mercado bajo el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Para contener este avance, el gobierno estatal implementó previamente el sistema de vigilancia satelital Guardián Forestal y ha buscado establecer mecanismos de trazabilidad e indicaciones geográficas ligadas a criterios de sustentabilidad.

Sin embargo, las estadísticas de procuración de justicia exponen la brecha entre la norma y su aplicación. Indicadores judiciales recopilados entre 2018 y 2026 señalan que en Michoacán se abrieron más de 2,000 carpetas de investigación por delitos ambientales; no obstante, solo ocho de ellas han concluido en una sentencia condenatoria.

La gran mayoría de las denuncias continúan en trámite institucional y los archivos oficiales carecen de un desglose específico que permita cuantificar cuántas de esas investigaciones corresponden estrictamente al cambio ilegal de uso de suelo para fines agrícolas.

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