Estas son las Áreas Naturales Protegidas de México

La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), administra actualmente 203 Áreas Naturales Protegidas de carácter federal que representan 91,608,327.23 hectáreas y apoya 395 Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación, con una superficie de 701,760 hectáreas. Estas son las Áreas Naturales Protegidas de México


Conoce las Áreas Naturales Protegidas de Michoacán

Por: en15dias.com / Con información de Conanp

Las Áreas Naturales Protegidas son las herramientas más efectivas para conservar los ecosistemas, permitir la adaptación de la biodiversidad y enfrentar los efectos del cambio climático.

Mediante las ANP se pueden ampliar corredores naturales, que permiten que las especies se adapten y ajusten sus áreas de distribución, frente a las nuevas condiciones climáticas.

FUENTE: CONANP

Estas son las Áreas Naturales Protegidas de México


¿Qué dice la ley?

De acuerdo al Artículo 44 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente:

Las Áreas Naturales Protegidas (ANP) son zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción. En las que los ambientes originales no han sido alterados por la actividad del ser humano. O que sus ecosistemas, y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas. Quedarán sujetas al régimen previsto en esta Ley y los demás ordenamientos aplicables.

CHECA LA LEY: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/148_180121.pdf


Distribución por categoría:

FUENTE: CONANP

Objetivos de las Áreas Naturales Protegidas de México


Las Áreas Naturales Protegidas de México federales se dividen en las siguientes categorías:

   -Reservas de la Biosfera

-Parques Nacionales

-Áreas de Protección de Flora y Fauna

-Áreas de Protección de Recursos Naturales

-Monumentos Naturales

-Santuarios

-Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación


Reservas de la Biosfera

Son áreas relevantes a nivel nacional, representativas de uno a más ecosistemas no alterados significativamente por el hombre, o que quieran ser preservados y restaurados, en donde habitan especies representativas del país, endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.

En las zonas núcleo sólo se pueden llevar a cabo actividades de preservación de los ecosistemas, investigación científica, educación ambiental y se prohíbe aprovechamientos que alteren los ecosistemas.

En las zonas de amortiguamiento sólo se pueden realizan actividades productivas emprendidas por las comunidades que ahí habiten al momento en que el Área se decretó.


Parques Nacionales

Son zonas con uno o más ecosistemas que se signifiquen por su belleza escénica, su valor científico, educativo, de recreo, su valor histórico, por la flora y fauna, por su aptitud para el desarrollo del turismo, o por otras razones de interés general.

Se permite la realización de actividades relacionadas con la protección de sus recursos naturales, el incremento de su flora y fauna, preservación de los ecosistemas, usos tradicionales, investigación, recreación, turismo y educación ecológica.


Áreas de Protección de Flora y Fauna

Son lugares que contienen el hábitat de cuyo equilibrio y preservación dependen la existencia, transformación y desarrollo de las especies de flora y fauna silvestres.

Se pueden realizar de actividades de preservación, repoblación, propagación, aclimatación, refugio, investigación y aprovechamiento sustentable de las especies, así como educación y difusión en la materia.

Las comunidades pueden aprovechar los recursos naturales de acuerdo con las normas oficiales mexicanas y usos del suelo que estén establecidos en la declaratoria del Área.


Áreas de Protección de Recursos Naturales

Son áreas destinadas a la preservación y protección del suelo, cuencas hidrográficas, agua y en general los recursos naturales localizados en terrenos forestales.

Abarca reservas, zonas forestales, zonas de protección de ríos, lagos, lagunas, manantiales y cuerpos considerados aguas nacionales, particularmente aquellas que abastecen agua a la población.

Se pueden realizar actividades relacionadas con la preservación, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, investigación, educación y turismo.


Monumentos Naturales

Son áreas con uno o varios elementos naturales, consistentes en lugares u objetos naturales, que por su carácter singular, interés estético, valor histórico o científico, se incorporan a un régimen de protección absoluta.

No tienen la variedad de ecosistemas ni la superficie necesaria para ser incluidos en otras categorías.

Únicamente se puede realizar actividades relacionadas con su preservación, investigación científica, recreación y educación.


Santuarios

Los santuarios son aquellas áreas que se establecen en zonas caracterizadas por una considerable riqueza de flora o fauna, o por la presencia de especies, subespecies o hábitat de distribución restringida.

Abarcarán cañadas, vegas, relictos, grutas, cavernas, cenotes, caletas, u otras unidades topográficas o geográficas que requieran ser preservadas o protegidas.

Sólo se permiten actividades de investigación, recreación y educación ambiental compatibles con la naturaleza y características del área.


Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación

Son Áreas Naturales Protegidas, iniciativas de pueblos indígenas, organizaciones sociales, personas morales, públicas o privadas, de destinar sus predios a acciones de conservación.

Dichas personas administran y hacen un manejo sustentable de sus tierras, al tiempo que favorecen la conservación de los ecosistemas naturales y mantienen la biodiversidad local.

Se señala que la certificación puede ser utilizada para la obtención de estímulos nacionales e internacionales, como el pago por servicios ambientales.

Además, se favorece la conectividad de los ecosistemas naturales, el flujo de especies y el mantenimiento de los servicios ambientales, ya que se encuentran en zonas cercanas a las ANP.

Permiten a las comunidades aumentar su capacidad adaptativa para enfrentar el cambio climático.


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