
Artículo 32 de la Ley General de Cambio Climático
El Artículo 32 de la Ley General de Cambio Climático define cómo debe instrumentarse la política nacional de mitigación de emisiones en México. En el papel, plantea una ruta técnica, gradual y ordenada para enfrentar el cambio climático. En la práctica, ese diseño abre márgenes amplios para la postergación, la voluntariedad y la subordinación de la acción climática a criterios de costo y competitividad.







