El artículo 39 de la Ley Minera promete responsabilidad ambiental y respeto a las comunidades, pero en México esa promesa se diluye entre derrames, despojos y contaminación. La ley ordena preservar y restaurar; la realidad minera hace lo contrario, amparada en su propio discurso de sustentabilidad. / Artículo 39, Ley de Minería
Artículo 39, Ley de Minería
Por: en15dias.com con información de la Ley de Minería


Lo que dice la ley:
El artículo 39 de la Ley Minera establece que “los titulares de concesiones y asignaciones mineras deberán preservar, restaurar y mejorar el ambiente, prevenir y controlar la contaminación del aire, agua, suelo y subsuelo, y respetar los derechos de las comunidades indígenas y afromexicanas”.
Además, obliga a los concesionarios a cumplir con la legislación ambiental y a coordinarse con autoridades para evitar daños ecológicos y sociales derivados de sus actividades.
Lo que ocurre en la práctica:
En México, el mandato de este artículo suele quedarse en el papel. Casos como la mina de Cananea en Sonora, el derrame en el río Sonora, la contaminación por lixiviados en Zacatecas o los conflictos por el agua en Guerrero muestran cómo la explotación minera continúa generando impactos irreversibles.
Las comunidades indígenas y rurales denuncian despojos y daños ecológicos sin reparación, mientras las autoridades federales y estatales se disputan competencias sin resultados visibles.
Reflexión al estilo en15días:
El artículo 39 suena a compromiso, pero actúa como coartada. Mientras la ley promete restaurar y respetar, las concesiones se multiplican sobre territorios agotados y comunidades silenciadas.
El lenguaje de la “sustentabilidad minera” se vuelve un maquillaje legal para un modelo extractivo que drena agua, destruye suelos y fragmenta culturas.
En la práctica, la responsabilidad ambiental no nace de la ley, sino de la resistencia: de quienes defienden su territorio frente a un Estado que concede más de lo que protege.
“Artículo a revisión” es una sección de en15dias.com que analiza un artículo específico de las leyes ambientales y lo contrasta con un caso concreto. Se explica qué establece la norma, cómo se aplica en la práctica y en qué puntos se incumple o se interpreta de manera laxa.
El propósito es ofrecer un ejercicio de rendición de cuentas: mostrar cómo se usan —o se ignoran— las leyes en situaciones relevantes para la vida pública de México, especialmente en Michoacán.
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