El Artículo 46 de la Ley General de Vida Silvestre promete un sistema nacional para conservar la biodiversidad a través de las UMAs. Pero en la práctica, muchas funcionan como negocios de caza o criaderos, más cerca del lucro que de la conservación que la ley presume.
Artículo a revisión: Artículo 46, Ley General de Vida Silvestre
Por: en15dias.com con información de la Ley General de Vida Silvestre

Lo que dice la ley:
El artículo 46 establece que la Secretaría coordinará el Sistema Nacional de Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (SUMA), un entramado de proyectos y predios destinados a conservar la biodiversidad, restaurar ecosistemas, formar corredores biológicos y fomentar el aprovechamiento sustentable de las especies.
Estas unidades, conocidas como UMAs, buscan articular conservación, investigación, conocimiento tradicional y desarrollo productivo alternativo, especialmente en comunidades rurales. La ley también prevé incentivos económicos y apoyo técnico para fortalecer estas unidades y combatir el tráfico ilegal de especies.
Lo que ocurre en la práctica:
En el país existen más de 3 mil UMAs, pero muchas funcionan solo en papel o con fines comerciales más que conservacionistas.
En estados como Sonora, Jalisco o Chiapas, las UMAs se han convertido en criaderos de fauna exótica o espacios de cacería “controlada”, donde la conservación cede ante la ganancia. Mientras tanto, comunidades que realmente protegen su territorio carecen de apoyo, asesoría técnica o acceso a los incentivos prometidos.
La coordinación institucional es débil, y los corredores biológicos que deberían conectar ecosistemas permanecen fragmentados por carreteras, monocultivos o minería.
Reflexión al estilo en15días:
El artículo 46 suena a red nacional para cuidar la vida silvestre, pero en la práctica es una colcha de parches. Las UMAs se presentan como vitrinas del equilibrio ecológico, aunque muchas operan como negocios disfrazados de conservación.
Lo que debía ser un sistema para restaurar ecosistemas terminó, en muchos casos, legalizando el cautiverio o la caza. La ley habla de corredores biológicos, pero la vida silvestre sigue corriendo para salvarse.
“Artículo a revisión” es una sección de en15dias.com que analiza un artículo específico de la ley y lo contrasta con un caso concreto. Se explica qué establece la norma, cómo se aplica en la práctica y en qué puntos se incumple o se interpreta de manera laxa.
El propósito es ofrecer un ejercicio de rendición de cuentas: mostrar cómo se usan —o se ignoran— las leyes en situaciones relevantes para la vida pública, especialmente en Michoacán.
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