Es sabido y documentado desde 2020, que niñas, niños y adolescentes, han presentado complicaciones graves, así como también, fallecido por COVID-19. Hoy tenemos a la vista el rápido crecimiento de la cifra de hospitalización por COVID-19 en este grupo de población.
Opinión: Víctor Hirales Herrera**
Sin embargo, a pesar de tratarse de un riesgo real e indiscutible, las autoridades públicas insisten en subestimarlo y en tomar decisiones con fines políticos ajenas a los intereses de la salud; error que desencadena graves consecuencias.
El Derecho viene prestando especial atención a los riesgos y daños que surgen por el levantamiento de las medidas preventivas, que el Estado mexicano está obligado a adoptar y mantener durante la actual crisis sanitaria, mismas que tenían por objeto evitar el contagio y proteger la salud de la población.
Por otro lado, también ocupa al Derecho el que la población reciba la información oportuna que le permita tomar decisiones conforme a su mejor beneficio en salud.
Antes de determinar el regreso presencial a las escuelas, los gobiernos —y por su cuenta los padres de familia—, debieron realizar la ponderación riesgo-beneficio; desafortunadamente, este proceso se vio entorpecido por el desbordamiento de la desinformación.
Debemos tener en claro, que el patógeno que causa la COVID-19 se transmite por aire, es decir por inhalación —y no por impacto-gotas ni superficies, como equívocamente afirma el gobierno mexicano— , por ello las escuelas con actividades presenciales son puntos de alto riesgo de infección, toda vez que reúnen grupos de personas en espacios cerrados donde se realiza vocalización (hablar), con ventilación y filtración inadecuada, por tiempos prolongados; además, a menudo no cuentan con cubrebocas eficientes ni suficientes.
Aunado a lo anterior, las niñas, niños y adolescentes, no han sido vacunados contra la COVID-19 y, por tanto, ni siquiera cuentan con la protección que pudiere prevenir el desarrollo de la enfermedad grave.
¿Se debe exponer a las infancias al contagio de un virus neuroinvasivo y neurotrópico que tiene gran potencial para provocarles problemas en su desarrollo neurológico y daños permanentes?
Nótese que la decisión tomada por el Consejo de Salubridad General y la Secretaría de Salud (SSa), de interrumpir la suspensión temporal de las actividades escolares presenciales en todos los niveles (en medio de la actual pandemia por COVID-19), implica aspectos científicos y tecnológicos complejos que requieren documentar y analizar, previamente y de forma abierta, la fundamentación y la evidencia que la soporten. Debe destacarse que este no fue el caso.
En consecuencia, podemos observar que la decisión del gobierno federal de regresar a las clases presenciales, y su respectivo respaldo de organismos supranacionales como el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), parte de premisas falsas desde la base de su estrategia para la gestión de esta pandemia, ya que comparan al SARS-CoV-2 (agente causativo de la COVID-19) con los coronavirus comunes estacionales (sCoVs) y con los virus de la influenza; más aún, el gobierno mexicano considera al avance del contagio entre la población, como parte de su estrategia de mitigación, lo cual es un grave error. La COVID-19 no es influenza.
En primer lugar, a diferencia de los virus de la influenza y de los coronavirus estacionales, con la COVID-19 se trata de un virus nuevo contra el cual la población no ha desarrollado inmunidad previa, ya sea por infección o por vacunación.
Por otro lado, no se debe exponer a la población a infectarse por un virus nuevo como el SARS-CoV-2, del cual sabemos tiene gran potencial para causar daños severos y permanentes en el cuerpo humano.
Es un hecho comprobado que el daño neurológico acompaña frecuentemente a los casos de pacientes con forma grave de COVID-19, y que incluso en las formas leves y moderadas de esta enfermedad, se reportan manifestaciones neurológicas con potenciales secuelas.
El SARS-CoV-2 causante de la COVID-19 es un agente neuroinvasivo, pues tiene la capacidad de esparcirse del tracto respiratorio al sistema nervioso central, y es neurotrópico, porque puede infectar las células del sistema nervioso central; lo cual puede arribar en enfermedades neurológicas a largo plazo. Desde hace treinta años se ha documentado la capacidad neuroinvasiva y neurotrópica de los coronavirus humanos (HCoV).
Esta situación se complica aún más, con los problemas derivados de la subestimación y desinformación respecto al riesgo que corren las infancias ante el contagio por COVID-19, que han realizado de forma continua la Secretaría de Salud y organismos supranacionales como el UNICEF.
El gobierno mexicano afirma que “los datos de la vigilancia epidemiológica muestran que por debajo de los 18 años existe un riesgo mucho menor de tener enfermedad COVID, sobre todo la enfermedad grave y un riesgo casi nulo de morir por COVID”. De lo anterior, resulta imprescindible hacer las siguientes precisiones:
La SSa comete otro grave error al afirmar que “existe un riesgo casi nulo para los niños de morir por COVID-19”, dado que para el marco normativo clínico (que cumple funciones ejecutivas), no obstante que la incidencia en ese rango de edad fuese estadísticamente bajo, es un hecho documentado que un gran número de niñas, niños y adolescentes, han sido infectados por SARS-CoV-2 y que han fallecido por COVID-19, por consiguiente no se trata de un riesgo “casi nulo”, sino de un número importante de niñas, niños y adolescentes infectados y fallecidos, que reclama la obligada asistencia sanitaria del Estado para el control y la prevención del contagio; además, advierte un potencial riesgo de crecimiento del contagio en este rango de edad conforme avance la pandemia.
Es necesario poner de relieve que tan sólo en México, los cuestionables (por notorios vicios de subregistro) datos de la SSa registran ciento setenta y siete mil quinientos noventa y dos contagios, y ochocientos treinta y ocho fallecimientos por COVID-19, de niñas, niños y adolescentes, entre los cero y diecisiete años de edad, desde el 3 de marzo de 2020 hasta el 10 de septiembre de 2021.
Además, el Síndrome Inflamatorio Multisistémico en Niños (MIS-C) se ha presentado durante la fase grave de la COVID-19 en un cada vez mayor número de casos reportados. Como se deduce de lo anterior, no se sostienen los reproches del gobierno mexicano que tienen por objeto restar importancia a las afectaciones que la COVID-19 provoca en la salud de las niñas, niños y adolescentes.
Para los políticos es impensable el admitir haber cometido errores en la estrategia para la gestión de esta pandemia, pues toman las decisiones en función de su agenda y de los costos en la percepción pública.
El Derecho debe asegurar que el Estado respete los derechos fundamentales que se ven afectados por las decisiones políticas en las que no prevalece el interés de la salud pública.
Así también, el que se implementen las actualizaciones y modificaciones de las estrategias y políticas públicas relacionadas no solo con el SARS-CoV-2, sino con todos los virus respiratorios con propiedades neuroinvasivas y neurotrópicas, que hasta la fecha son subestimadas equívocamente por las autoridades públicas.
Una de las prioridades de nuestro sistema sanitario debe ser el estudio de la patogénesis de la enfermedad neurológica presente en los casos de COVID-19, de igual forma, prepararse para atender a los pacientes que presenten afectación neurológica a largo plazo.
Sin perjuicio de la indiscutible relevancia de las actividades escolares presenciales, no puede perderse de vista que durante una crisis sanitaria, es de un interés superior el mantener las medidas que interrumpen el contagio y protegen la vida y la salud de la población.
**Víctor Hirales Herrera, abogado, consultor en Bioderecho,
litigante en materia biomédica y en materia ambiental.
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