México volvió a figurar entre los seis países más letales para quienes defienden la tierra y el ambiente. El informe de Global Witness documenta 10 asesinatos y 107 casos de criminalización durante 2025, frente a los cuales el Estado mantiene obligaciones de protección y justicia / Asesinatos, desapariciones, criminalización y obligaciones del Estado
Asesinatos, desapariciones, criminalización y obligaciones del Estado
El informe anual “Poder colectivo”, publicado en septiembre de 2026 por Global Witness, vuelve a ubicar a México entre los seis países más letales del mundo para quienes defienden la tierra y el ambiente. Como abogada indígena, considero necesario leer esos datos con las obligaciones jurídicas que el Estado mexicano tiene frente a ellos.
Global Witness registró 10 asesinatos de personas defensoras en México durante 2025, además de 107 casos de criminalización y cientos de agresiones no letales. La cifra de homicidios es menor a la de 2024, cuando se registraron 19. En el ranking mundial, México aparece detrás de Colombia (39), Brasil (26), Filipinas (12) y Honduras (12), y por delante de Guatemala (8).
La reducción de 19 a 10 homicidios no dice nada sobre los 107 casos de criminalización, que son un indicador distinto y también una forma de violencia contra las personas defensoras.
El informe identificó posibles vínculos con estructuras criminales y sicarios en más de un tercio de los homicidios de 2025, con mayor incidencia en Colombia, México y Honduras.
A escala global, las disputas por la tierra fueron la causa principal de los asesinatos (84 de 124 casos), seguidas por la oposición a proyectos extractivos como la minería (11), la tala (8) y la agroindustria (6). Casi tres cuartas partes de las víctimas fueron personas indígenas y pequeños agricultores.
De las 124 personas asesinadas en el mundo durante 2025, 14 fueron mujeres, y dos de esos homicidios ocurrieron en México. La proporción es menor, pero las mujeres indígenas enfrentan además barreras específicas de acceso a la justicia y a los mecanismos de protección.
México es parte del Acuerdo de Escazú, cuyo artículo 9 obliga a garantizar un entorno seguro para las personas defensoras del ambiente y a investigar y sancionar las agresiones en su contra.
El Convenio 169 de la OIT y el artículo 2 de la Constitución reconocen además los derechos de los pueblos indígenas sobre sus territorios y su acceso pleno a la jurisdicción del Estado.
Frente a los 107 casos de criminalización, la exigencia es procesal: cada acusación debe sostenerse en pruebas y respetar el debido proceso. El derecho penal no puede utilizarse para disuadir la defensa del territorio.
¿Qué debemos exigir? Investigar y sancionar los homicidios y las agresiones documentadas, incluidos los vínculos con estructuras criminales señalados por el informe.
Además que el mecanismo federal de protección incorpore la perspectiva de género, la pertinencia cultural y la interpretación en lenguas indígenas.






