El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 29 de enero de 2026 la solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica denominada “Aguacate Franja Michoacán”, promovida por la organización Productores y Empacadores de Aguacate de México A.C. / Publican solicitud para proteger la Indicación Geográfica “Aguacate Franja Michoacán”
Publican solicitud para proteger la Indicación Geográfica “Aguacate Franja Michoacán”
Por: en15dias.com / Con información del DOF
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el 29 de enero de 2026 la solicitud de Declaración de Protección a la Indicación Geográfica denominada “Aguacate Franja Michoacán”, promovida por la organización Productores y Empacadores de Aguacate de México A.C.
La petición fue presentada por Rafael Paz Vega ante la Secretaría de Economía el 23 de octubre de 2025 y posteriormente recibida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) el 7 de noviembre del mismo año, con un alcance adicional ingresado el 13 de enero de 2026.
De acuerdo con la solicitud, la indicación geográfica busca proteger el aguacate de la variedad Hass producido en la denominada Franja Aguacatera de Michoacán (FAM), región integrada por 31 municipios del estado, entre ellos Uruapan, Tancítaro, Salvador Escalante, Peribán, Tacámbaro, Tingambato, Nuevo Parangaricutiro y Zitácuaro, entre otros.
Publican solicitud para proteger la Indicación Geográfica “Aguacate Franja Michoacán”
El documento describe al aguacate Hass como un fruto ovalado, de cáscara rugosa y flexible, que cambia de color verde a tonalidades púrpura al madurar, con pulpa cremosa y alto contenido de aceite, características que lo distinguen en el mercado nacional e internacional.
La zona geográfica propuesta para la protección abarca territorios ubicados en la región central de Michoacán, delimitados por coordenadas específicas y colindantes con municipios de la propia entidad, así como con el Estado de México y Jalisco.
El expediente de la solicitud se encuentra disponible para consulta pública en las oficinas de la Dirección Divisional de Marcas del IMPI, en la Ciudad de México. Asimismo, la publicación establece un plazo improrrogable de dos meses, contados a partir de su difusión en el DOF, para que cualquier tercero con interés jurídico presente oposiciones, observaciones u objeciones conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
El IMPI precisó que esta publicación no representa una resolución sobre la procedencia de la solicitud, sino un paso dentro del proceso legal para evaluar la posible protección de la denominación geográfica.






