El periodista Andrés A. Solis analiza la fallida propuesta de ley en Hidalgo impulsada por Tania Eréndira Meza Escorza, señalando inconsistencias, duplicidades legales y riesgos de abrir la puerta a prácticas discrecionales entre autoridades y medios. / Propuestas de ley que son absurdas ocurrencias, 2ª. parte
Propuestas de ley que son absurdas ocurrencias, 2ª. parte
La semana anterior hablaba sobre la propuesta de ley para la protección integral del ejercicio periodístico del Estado de Hidalgo y las ocurrencias de la diputada local por el partido Movimiento de Regeneración Nacional, Tania Eréndira Meza Escorza.
La legisladora decidió “bajar” su propuesta y se agradece, pero vale la pena seguir revisando su contenido, para evitar dar malas ideas a otros y otras ocurrentes congresistas.
Me había quedado en el Artículo 4 (apenas)
Va el siguiente:
“ARTICULO 5.- La Oficina de Comunicación Social y Agenda Digital del Gobierno del Estado de Hidalgo promoverá la celebración de convenios con los Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Hidalgo para desarrollar y ejecutar los programas y acciones que contribuyan a mejorar las condiciones de vida y el bienestar integral de periodistas en los Municipios”.
¿A qué se refiere la diputada Meza Escorza con “programas y acciones que contribuyan a mejorar las condiciones de vida y el bienestar integral de periodistas en los Municipios”?, ¿es su manera elegante de legalizar las prácticas perversas entre autoridades y periodistas de esto que vulgarmente conocemos como “chayo”?
“ARTÍCULO 6. El Estado garantizará a todas las personas periodistas la libertad de recibir y difundir información de interés público, en el marco de las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 7. Toda persona periodista tendrá derecho a buscar, investigar, sistematizar, difundir, acceder, obtener, recibir y almacenar información, siempre que sea necesario para el ejercicio de su labor. Este derecho incluye la protección y promoción de libertades fundamentales, tales como la publicación de hechos, ideas, opiniones, información y conocimiento, a través de cualquier medio de comunicación, excepto aquellos expresamente prohibidos por la ley”.
Resulta por demás curioso que sean artículos, 6 y 7, que sobra, considerando que esto está precisamente garantizado en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y que son los gobiernos los que siempre intentan incumplir su obligación de informar y garantizar el acceso a la información.
Dicho sea de paso, hay que recordarles, como bien dice el periodista Gerardo Albarrán de Alba, “para hacer periodismo no se pide permiso”.






