Segundo Anillo Periférico y los contratos de los segmentos 1, 4 y 5

El Segundo Anillo Periférico de Morelia avanza con esquemas de contratación distintos en sus segmentos 1 y 5, mientras el contrato del segmento 4 no es consultable. La autoridad remitió una liga que no conduce al documento, lo que impide verificar monto, contratistas y condiciones de pago. / Segundo Anillo Periférico y los contratos de los segmentos 1, 4 y 5

Segundo Anillo Periférico y los contratos de los segmentos 1, 4 y 5

Por: Gilbert Gil Yáñez / en15dias.com
15 de septiembre de 2026

Segundo Anillo Periférico de Morelia es la obra vial más grande que el gobierno de Michoacán tiene en marcha: 87.8 kilómetros repartidos en siete segmentos, pensados para rodear la capital del estado y conectarla con los municipios de Charo, Tarímbaro y Álvaro Obregón, con una inversión que las propias autoridades han cifrado en más de 2 mil 596 millones de pesos.

De esos siete tramos, actualmente se construyen tres, el 1, el 4 y el 5, y son también los que concentran la mayor parte de la información pública disponible sobre contratistas, montos y condiciones de pago.

Sin embargo, no toda esa información es igual de accesible: mientras los contratos de los segmentos 1 y 5 pueden consultarse como versiones públicas, el correspondiente al segmento 4 fue remitido por la autoridad, en respuesta a una solicitud de información, mediante una liga que no lleva a ningún documento.

SEGMENTO 5

El contrato del segmento 5, identificado con el número DCC/LPE/FAFEF-01/2025, se firmó el 18 de marzo de 2025 en Morelia y adjudica la obra “Construcción del Segmento 5 del Segundo Circuito Periférico de Morelia” a un consorcio integrado por tres empresas que se agruparon mediante un convenio privado de participación conjunta, ratificado el 19 de febrero de 2025: Asociados Constructores URVIC, S.A. de C.V., representada por Luis Vicente López Olvera y designada además representante común del grupo; Creación e Innovación de Espacios Sustentables, S.A. de C.V., representada por Angélica María García García, y Grupo Empresarial ARUS, S.A. de C.V., representada por José Hans Gámez Mateo.

Las tres empresas se obligaron a participar en partes iguales, tanto económica como técnicamente, y a responder de forma solidaria y mancomunada frente a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

Llama la atención que, según el propio contrato, URVIC señala su domicilio legal en calle Brasil 221, colonia San Rafael, Morelia, mientras que Creación e Innovación de Espacios Sustentables lo señala en calle Brasil 221-A, en la misma colonia, es decir, en un domicilio contiguo o prácticamente en el mismo predio; Grupo Empresarial ARUS, en cambio, declara un domicilio distinto, en Tarímbaro.

El monto del contrato es de 531 millones 443 mil 169 pesos con 35 centavos, cantidad que incluye el Impuesto al Valor Agregado, y se financia con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, conocido como FAFEF.

La Secretaría otorgó a URVIC, como representante común, un anticipo del 30 por ciento del monto contratado, 10 por ciento para instalaciones e inicio de obra y 20 por ciento para materiales, y el contratista se obligó a entregar una fianza equivalente al cien por ciento de ese anticipo, además de una fianza de cumplimiento por el 10 por ciento del contrato y otra por vicios ocultos, vigente durante los doce meses posteriores a la recepción de los trabajos.

La obra debía iniciar el 18 de marzo de 2025 y concluir el 2 de octubre de 2026, en un plazo de 564 días naturales, tras un fallo de licitación pública emitido el 13 de marzo de 2025 dentro del procedimiento SCOP/DCC/LP/008/2025.

Es, en suma, un esquema de contratación de obra pública tradicional, en el que el gobierno del estado entrega anticipo, paga contra estimaciones de avance físico y financia la obra con recursos de un fondo federal previamente etiquetado.

SEGMENTO 1

El contrato del segmento 1, con número DCC/LPE/OPM-08/2023, tiene una estructura distinta. Se trata de un contrato de obra pública multianual, firmado el 27 de septiembre de 2023, y a diferencia del correspondiente al segmento 5, no lo suscribe únicamente el secretario de Comunicaciones y Obras Públicas, Rogelio Zarazúa Sánchez: también comparece el entonces secretario de Finanzas y Administración, Luis Navarro García, porque el esquema compromete presupuesto de distintos ejercicios fiscales hasta el 30 de junio de 2027.

Quien ganó la licitación correspondiente, registrada como SCOP/DCC/OPM/LP/008/2023, fue un consorcio formado por dos constructoras ya establecidas: GAMI Ingeniería e Instalaciones, S.A. de C.V., empresa cuya historia se remonta a 1977 y que pertenece a Grupo Indi, S.A. de C.V., e Indi Capital, S.A.P.I. de C.V., con el 60 por ciento de participación, y Construcciones Lerma, S.A. de C.V., constituida en 1969, con el 40 por ciento restante.

Sin embargo, el contrato no lo firma directamente ese consorcio, sino APM UNO, S.A. de C.V., una empresa de propósito específico constituida apenas el 12 de septiembre de 2023, trece días antes del fallo de la licitación, ocurrido el 25 de septiembre, y quince días antes de la firma del contrato.

APM UNO pertenece en las mismas proporciones a GAMI y a Construcciones Lerma, y el propio documento reconoce que, por tratarse de una empresa de reciente constitución, al momento de la firma aún no contaba con Registro Federal de Contribuyentes, registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social ni folio mercantil electrónico, por lo que se le dio un plazo de 30 días naturales para tramitarlos, bajo advertencia de que, de no hacerlo, la obligación de ejecutar la obra regresaría automáticamente al consorcio original.

Lo más singular de este contrato, no obstante, es su esquema financiero: el monto total asciende a mil 274 millones 882 mil 561 pesos con 99 centavos, de los cuales 991 millones 918 mil 19 pesos corresponden a la infraestructura propiamente dicha y 282 millones 964 mil 542 pesos a un costo financiero que incluye intereses capitalizados, comisiones y honorarios.

La cláusula sexta del contrato establece textualmente que la contratante no otorgará ninguna clase de anticipos, y en su lugar el pago se realiza mediante “Certificados de Avance de Obra”, con un calendario trimestral que corre de 2023 a 2027 y que el propio contrato califica como una obligación de pago irrevocable e incondicional por parte del gobierno del estado.

Como contraparte, el contratista debía acreditar, dentro de los 120 días naturales posteriores a la firma, liquidez o instrumentos de crédito equivalentes a por lo menos el 60 por ciento del monto ofertado.

La obra debía iniciar el 28 de septiembre de 2023 y concluir el 7 de mayo de 2027, con posibilidad de prórroga hasta el 30 de junio de ese mismo año, en un plazo de mil 318 días naturales.

Dicho de otra manera, en el segmento 1 es el propio contratista quien financia la construcción con crédito propio, y el gobierno del estado le reconoce y le paga después ese costo financiero, en lugar de adelantarle recursos como ocurre en el segmento 5.

Es un esquema más cercano a un proyecto de infraestructura con pago diferido que a una obra pública financiada con anticipos y fondos federales etiquetados, aunque el propio contrato precisa que esas obligaciones de pago no constituyen deuda pública ni títulos de crédito en términos de la legislación aplicable.

Las diferencias entre ambos contratos no son menores: representan dos filosofías de contratación distintas para dos tramos de la misma obra, decididas con año y medio de diferencia entre una y otra.

Mientras el segmento 5 se sostiene en un esquema clásico de obra pública con anticipo estatal y financiamiento federal etiquetado, el segmento 1 traslada al contratista la carga de financiar la construcción, a cambio de que el gobierno del estado le reconozca ese costo financiero como parte del monto contractual y le garantice pagos periódicos e irrevocables durante varios años.

SEGMENTO 4

Sobre el segmento 4, que conecta la localidad de La Goleta, en el municipio de Charo, con Cuitzillo, en Tarímbaro, se encuentra el contrato número DCC/LPE/FAFEF-02/2025, pudo ser localizado y consultado.

Se trata de un contrato de obra pública a base de precios unitarios y tiempo determinado, firmado el 21 de marzo de 2025 en Morelia, mediante el cual la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas adjudicó la obra “Construcción del Segmento 4 del Segundo Circuito Periférico de Morelia” a un consorcio integrado por Grupo Inmobiliario HERSO, S.A. de C.V., empresa constituida en 2015 con domicilio fiscal en Carretera Recinto Ferial 1760, colonia Colinas del Sol, Morelia, y Caminos de Michoacán, S.A. de C.V., sociedad con historia que se remonta a 1996.

Ambas empresas suscribieron un convenio de participación conjunta el 18 de febrero de 2025 para presentarse a la licitación pública SCOP/DCC/LP/010/2025, cuyo fallo se emitió el 19 de marzo de ese año, y designaron como representante común a Grupo Inmobiliario HERSO, a través de su apoderado legal, el ingeniero Juan José Tavera Hernández.

El propio convenio de participación conjunta precisa la manera en que se reparten tanto el trabajo como el monto del contrato: a Grupo Inmobiliario HERSO le corresponde cumplir el 65 por ciento del importe total y ejecutar todo lo relativo a estructuras de concreto, mientras que a Caminos de Michoacán le corresponde el 35 por ciento restante y la realización de las terracerías; la partida de pavimentos se divide entre ambas empresas en esas mismas proporciones.

El anticipo, equivalente al 30 por ciento del monto contratado, se factura por conducto de HERSO en su calidad de representante común, y se distribuye igual que en los otros dos segmentos ya revisados por este medio: 10 por ciento para instalaciones y equipo de obra, y 20 por ciento para la adquisición de insumos de construcción.

El monto del contrato es de 789 millones 980 mil 833 pesos con 53 centavos, cantidad que incluye el Impuesto al Valor Agregado, financiada con cargo al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas potenciado, de acuerdo con el oficio de suficiencia presupuestal emitido por la Secretaría de Finanzas y Administración el 7 de febrero de 2025.

Los trabajos debían iniciar el 21 de marzo de 2025 y concluir a más tardar el 2 de octubre de 2026, en un plazo de 561 días naturales, prácticamente idéntico al pactado para el segmento 5.

El esquema de garantías reproduce el de los otros dos contratos analizados: fianza por el cien por ciento del anticipo, fianza de cumplimiento equivalente al 10 por ciento del monto total del contrato y fianza por vicios ocultos, esta última vigente durante los doce meses posteriores a la recepción formal de los trabajos.

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