Según el reporte “Impuestos al carbono en México: desarrollo y tendencias”, realizado por la Plataforma Mexicana de Carbono En su primer año de operación, el impuesto recaudó 9,670 millones de pesos, mientras que en 2021 la recaudación fue de 5,674 millones de pesos.
Panorama de los impuestos al carbono en México
Por: en15dias.com / 19 de diciembre 2022
En México, actualmente siete entidades tienen impuestos al carbono a nivel estatal: Zacatecas, Baja California, Tamaulipas, Querétaro, Yucatán, Estado de México y Guanajuato.
Según el reporte “Impuestos al carbono en México: desarrollo y tendencias”, realizado por la Plataforma Mexicana de Carbono “todos los impuestos promueven que los ingresos se usen para proyectos de mejora ambiental, económica y social”.

El reporte tiene como objetivo poner en perspectiva el panorama actual de los instrumentos de precio al carbono en México, y hace especial énfasis en los impuestos al carbono existentes a nivel subnacional.
En el caso de México, el impuesto federal al carbono ha estado vigente desde enero de 2014. Este impuesto tiene un punto de regulación aguas arriba, y se aplica sobre la producción, importación y comercialización de combustibles fósiles destinados a procesos de combustión, con la excepción del gas natural.
Además, establece una tasa impositiva a los combustibles fósiles con base en la cantidad de dióxido de carbono (CO2) que contienen.
De acuerdo con las reglas establecidas para el impuesto federal al carbono, es posible reducir la base gravable a través del uso de unidades de compensación, sin embargo, esto no ha sucedido en la práctica. Esto se debe a que, al adquirir unidades de compensación se descuenta su valor monetario, no las toneladas de carbono reducidas, ocasionando que no se generen incentivos económicos suficientes para promover la compra de compensaciones.
Además, actualmente no existe ningún mecanismo que destine el uso de los ingresos recaudados por el impuesto para algún fin específico, por lo que todo lo recaudado se dirige hacia el presupuesto general de la Nación.
Institucionalmente, el impuesto está a cargo de la SHCP a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT). En su primer año de operación, el impuesto recaudó MXN 9,670 millones, mientras que en 2021 la recaudación fue de MXN 5,674 millones (SHCP, 2022).
En la Figura 4 se ilustra la evolución en los ingresos anuales asociados al impuesto al carbono.
Actualmente no existe ningún mecanismo que destine el uso de los ingresos recaudados por el IEPS para algún fin específico, por lo que todo lo recaudado se dirige hacia el presupuesto general de la Nación.

Panorama de los impuestos al carbono en México
A nivel mundial, el Acuerdo de París reconoce el importante papel que desempeñan las iniciativas de precio al carbono. En México, la Ley General de Cambio Climático reconoce las capacidades de los gobiernos estatales para aplicar instrumentos de carácter fiscal, financiero o de mercado que incentiven el cumplimiento de la política climática.
Los impuestos al carbono establecen un precio a las emisiones de gases de efecto invernadero, motivando a las empresas a reducir sus emisiones para evitar su pago. Esto genera un atractivo hacia alternativas de producción más eficiente, cambiando los patrones de consumo y apoyando las inversiones en tecnologías bajas en carbono.
El impuesto federal al carbono de México se adoptó en una reforma tributaria introducida en 2013, y ha estado vigente desde enero de 2014.
Este impuesto tiene un punto de regulación aguas arriba, y se aplica sobre la producción, importación y comercialización de combustibles fósiles destinados a procesos de combustión, con la excepción del gas natural y otros combustibles fósiles no destinados a procesos de combustión, tales como las parafinas, según la información del Gobierno de México.
El impuesto es sujeto de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), y establece una tasa impositiva a los combustibles fósiles con base en la cantidad de CO2 que contienen. La cuota del impuesto varía según el tipo de combustible cubierto esto debido a que algunos combustibles tienen un mayor contenido de carbono que otros.
En 2022, para la producción de combustibles fósiles, México estableció la cuota de MXN 21.87 por tonelada de coque de petróleo, MXN 38.62 por tonelada de carbón mineral y MXN 51.29 por tonelada de coque de carbón.
En la Tabla 2 se ilustra la variación en los precios al carbono establecidos por el IEPS para diversos combustibles fósiles entre 2021 y 2022.

El reporte señala que “como se puede observar, entre 2021 y 2022 la mayoría de los impuestos a combustibles fósiles tuvieron un aumento de aproximadamente 7.37%, lo que responde al ajuste inflacionario del 7.36% reportado por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) en 2021”.
“Además, la turbosina, los kerosenos y el carbón mineral tuvieron un aumento por debajo de la tasa inflacionaria reportada en el mismo periodo.
“En 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó las reglas de carácter general para el pago opcional del IEPS a través de unidades de compensación mediante la entrega de Reducciones Certificadas de Emisiones (RCE) del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), permitiendo la compensación del pago hasta en 20% del total (Gobierno de México, 2017). No obstante, en febrero de 2019 este límite fue eliminado, por lo que teóricamente podría compensarse la totalidad del pago del impuesto a través de la compensación con RCE.
“Sin embargo, debido a las normas establecidas para el funcionamiento de este mecanismo, esto no ha sucedido en la práctica. Esto se debe a que, al adquirir unidades de compensación para reducir el pago del impuesto al carbono, se descuenta el valor monetario de los RCE, no las toneladas de carbono reducidas, ocasionando que no se generen incentivos económicos suficientes para promover la compra de RCE”.
“Esta ineficiencia se debe a que, si una entidad obligada a pagar el impuesto optara por usar RCE, pasaría por un proceso más complicado que al pagar directamente el impuesto”.
“Por este motivo, al ser el valor de las RCE lo que se reconoce, no habría ninguna reducción en la cuota a pagar, por lo que tampoco habría alguna ventaja o incentivo para preferir el uso de RCE sobre el pago del impuesto”.
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