Comunidad nahua de Michoacán gana amparo en contra de mineras.
Una sentencia dictada dentro del juicio de amparo 590/2018 reconoció la violación a los derechos de la comunidad nahua de San Juan Huitzontla y declaró la suspensión de los títulos de concesión minera a dos empresas “hasta que la comunidad sea consultada”.
Ante la sentencia, el Ejecutivo Federal -a través de la Secretaría de Economía-, deberá abstenerse de impugnar la resolución obtenida por la comunidad de San Juan Huitzontla.
“De no hacerlo, vulneraría los derechos colectivos de protección a la tierra y al territorio indígena que está obligado a proteger”, se destaca en un comunicado de prensa por parte del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A.C..

DETALLES DE LA SENTENCIA
El pasado 21 de enero, el Juez Sexto de Distrito con sede en Uruapan, Michoacán, concedió un amparo a la comunidad nahua de San Juan Huitzontla, ubicada en la zona sierra-costa del municipio de Chinicuila, contra el otorgamiento por parte de la Secretaría de Economía de títulos de concesión minera, por estimar que con ello se ignoró el derecho de la comunidad a ser consultada de manera libre, previa e informada.
A más de tres años de iniciado el proceso legal, en el que la comunidad ha sido representada legalmente por el Centro Prodh, la sentencia dictada dentro del juicio de amparo 590/2018 reconoció la violación a los derechos de la comunidad indígena y declaró la suspensión de los títulos de concesión minera a dos empresas hasta que la comunidad sea consultada.
Ante esta relevante sentencia, el Ejecutivo Federal -a través de la Secretaría de Economía-, que a pesar de la alternancia política de 2018 en esencia sostuvo en el proceso las mismas posiciones contrarias a los derechos indígenas que en litigios de esta índole se sostuvieron los últimos dos sexenios, debe abstenerse de impugnar la resolución obtenida por la comunidad de San Juan Huitzontla. De no hacerlo, vulneraría los derechos colectivos de protección a la tierra y al territorio indígena que está obligado a proteger.
Comunidades en lucha
La sentencia a favor de San Juan Huitzontla ha sido emitida cuando la SCJN se apresta a analizar, el próximo 2 de febrero, el Amparo en Revisión 134/2021, presentado por la comunidad indígena de Tecoltemi, en la Sierra Norte de Puebla, acompañada por Fundar – Centro de Investigación y Análisis y el Consejo Tiyat Tlali.
CHECA LA NOTA
El recurso busca que el máximo Tribunal no solamente cancele los títulos de concesión minera, sino que declare inconstitucional e inconvencional la Ley Minera por vulnerar los derechos a la tierra y el territorio de los pueblos indígenas.
Dada la trascendencia de la decisión, el Centro Prodh presentó una Amicus Curiae ante la Corte que, a partir de la experiencia acumulada en la lucha de San Juan Huitzontla y de otros procesos que inspiraron nuestro “Manual Antiminero”, recalcamos el impacto negativo que genera la minería a gran escala para cientos de comunidades en nuestro país y argumentamos la incompatibilidad de la Ley Minera vigente con la Constitución y los tratados internacionales firmados y ratificados por México.
CHECA EL AMICUS CURIAE
“Si la SCJN no realiza un análisis profundo sobre la Ley Minera, se seguirá validando una legislación que permite concesionar sus tierras y territorios sin considerar la obligatoriedad de que se les consulte y se obtenga el consentimiento libre e informado”.
La comunidad se suman a las voces que demandan una revisión integral de la legislación en la materia, proceso en el que la inminente decisión de la SCJN es fundamental.
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