Autogobierno indígena en Michoacán
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Autogobierno indígena en Michoacán: “institucional e intercultural”

El último año, las comunidades indígenas de Michoacán han trazado el camino hacia el autogobierno, el acceso al presupuesto directo, y con ello a la autonomía de decisión sobre sus comunidades. / Por: Gilbert Gil Yáñez

El último año, los pueblos originarios y comunidades indígenas de Michoacán han trazado el camino hacia su autogobierno, al acceso al presupuesto directo, y con ello a la autonomía de decisión sobre sus comunidades.

Este proceso, único en el país, ha traído una discusión al interior de los pueblos originarios, dentro del Congreso del Estado y del gobierno estatal acerca de la pertinencia de que desde la institucionalidad gubernamental se dirija, supervise y evalúe la gobernanza de los pueblos y comunidades originarias.

Desde que tomó posesión el mandatario Alfredo Ramírez Bedolla, el gobierno del estado comenzó a trazar con mayor fineza, mediante un paquete de “herramientas jurídicas”, lo que sería el autogobierno para los pueblos originarios que, desde la perspectiva gubernamental, deben ser “institucionales e interculturales”.  

Tanto en las funciones de las rondas comunitarias, como las del autogobierno y el proceso de accceso al presupuesto directo, el gobierno de Michoacán pretende institucionalizar sus procesos para tener una “evaluación y supervisión” de las comunidades, ya que son “sujetos de ley”, según las nuevas reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.

En Michoacán, hay 129 tenencias indígenas y la intención del gobierno del estado es que en un año puedan someterse a consulta para determinar su forma de gobierno y gestión de presupuesto directo. La autoridad electoral estatal estima 70 comunidades que podrían participar este 2022.

Sin embargo, hasta el momento hay 24 comunidades indígenas que ya han transitado al autogobierno en Michoacán a través de tres mecanismos: nueve comunidades por resoluciones en los tribunales, dos por convenios con los ayuntamientos y 13 comunidades a través de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal de 2021.

Dentro de quienes encabezan el movimiento indígena se dividen las opiniones en torno a la institucionalización del autogobierno y del riesgo que habría para la verdadera autonomía indígena. 

en15dias.com conversa con los actores que han participado, y en otros casos analizado, este proceso: el doctor Orlando Aragón, abogado del colectivo Enmacipaciones; David Romero, abogado y poblador de Cherán; Pável Uliánov, vocero del Concejo Supremo Indígena de Michoacán; el doctor Humberto Urquiza Martínez, subsecretario de Enlace Legisaltivo y Asuntos Registrales, de la Secretaría de Gobierno de Michoacán, además del maestro Ignacio Hurtado, consejero presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y el periodista y escritor Gustavo Ogarrio.

En estas entrevistas se conversa acerca de las herramientas jurídicas para acceder al autogobierno y presupuesto directo, de los retos de este proceso, sus riesgos y de la importancia para las comunidades y pueblos originarios de Michoacán.


POR: GILBERT GIL YÁÑEZ
en15dias.com

Autogobierno indígena en Michoacán

I. HERRAMIENTAS JURÍDICAS: HACIA
EL “AUTOGOBIERNO INSTITUCIONAL”

Desde 2019 hasta este 2022, se han consolidado algunas herramientas jurídicas para otorgar derechos y obligaciones a las comunidades indígenas en Michoacán.  

Se ha avanzado en algunos rubros como rendición de cuentas, obras públicas, presupuesto directo, autogobierno y seguridad comunitaria.

El camino no ha sido sencillo. Comenzó con la histórica lucha de Cherán por su autodeterminación en 2011, pasando por la lucha jurídica de Pichátaro en 2017 por su presupuesto directo y otras luchas como la de Nahuatzen, Santa Fé de la Laguna y Arantepacua, entre otros, hasta las reformas a diversas normativas estatales que se impulsaron de 2019 a 2022.

Entre estas reformas se encuentra la rendición de cuentas y la fiscalización. Un ejemplo son las reformas realizadas a la Ley de Fiscalización Superior, donde se incluye a las comunidades indígenas como sujetos obligados a la rendición de cuentas mediante la transparencia de los recursos y a una fiscalización gubernamental.

Reformas realizadas a la Ley de Fiscalización Superior

Las reformas de 2021, se concentraron en el presupuesto directo y decisión sobre obra pública de las comunidades, reformando la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán.

Todavía como diputado local, Alfredo Ramírez Bedolla presentó la Iniciativa de reformas donde se otorgaba el reconocimiento en la ley del presupuesto directo, por lo que los pueblos originarios ya no tendrían que litigar en tribunales para ejercer este derecho.

Además de que a las comunidades que no son indígenas la nueva ley les permitiría acceder al presupuesto participativo; es decir, determinar qué obras públicas consideran prioritarias para que el gobierno municipal invierta en ellas.

Bajo este esquema, hasta junio de 2022, el Gobierno de Michoacán tenía autorizadas 39 obras en 28 comunidades indígenas de 16 municipios, por un monto de 169.94 millones de pesos, correspondientes al Fondo de Aportaciones Estatales para la Infraestructura de los Servicios Públicos Municipales (Faeispum).

El Congreso de Michoacán aprobó las reformas propuestas por Ramírez Bedolla y el 30 de marzo de 2021, el gobierno de estatal de Silvano Aureoles Conejo publicó en el Periódico Oficial de Michoacán las reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán.

CHECA EL DOCUMENTO:


Se estableció, en su artículo 117, que “para hacer efectivo su derecho al autogobierno las comunidades indígenas solicitarán el ejercicio y administración directa de los recursos presupuestales”.

Según la ley orgánica, las comunidades indígenas y pueblos originarios deberán presentar una solicitud ante el Instituto Electoral de Michoacán y el Ayuntamiento respectivo, en la que se especifique que “por mandato de la comunidad y en ejercicio de sus derechos de autonomía y autogobierno, desean elegir, gobernarse y administrarse mediante autoridades tradicionales”.

Una vez presentada la solicitud, el IEM realizará en conjunto con el Ayuntamiento, en un plazo de 15 días hábiles, una consulta a la comunidad “en la que se especifique si es deseo de la comunidad el elegir, gobernarse y administrarse de forma autónoma”, se estipula en el artículo 117.


¿CUÁLES SON LAS ATRIBUCIONES DE LOS AUTOGOBIERNOS?

La misma Ley Orgánica de la Administración Pública en su artículo 118 señala que las comunidades indígenas que decidan ejercer su derecho al autogobierno, a través de sus autoridades o representantes, para ejercer el presupuesto directo tendrán obligaciones de transparencia y rendición de cuentas.

Este documento abrió la puerta para que, ya como gobernador del estado, Alfredo Ramírez Bedolla buscara que el Congreso del Estado de Michoacán realizara reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.

Para ello, el 18 de octubre del 2021 autoridades del gobierno estatal, municipales y organismos autónomos en materia electoral, trazaron la ruta de trabajo para evaluar y canalizar acciones institucionales que permitieran resolver pendientes de autogobierno, presupuesto directo y participativo en Michoacán.

En esa reunión, presidida por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, se determinó analizar la nueva Ley Orgánica Municipal y en coordinación con el Instituto Electoral de Michoacán, el Tribunal Electoral del Estado y la Secretaría de Gobierno, dar acompañamiento a las y los alcaldes a fin de que se iniciaran los trabajos para consultar a la población sobre el presupuesto participativo.

El 15 de febrero de 2021, el Congreso del Estado de Michoacán aprobó la reforma a la Ley Orgánica la Administración Pública Estatal que reconoce el derecho de los pueblos indígenas al autogobierno y al presupuesto directo. 

CHECA: Ley Orgánica la Administración Pública Estatal / PDF

La reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal llevó a que el 11 de enero 2022, el gobierno de Michoacán presentara el “Protocolo para la Transición de Comunidades Indígenas al Autogobierno y Ejercicio del Presupuesto Directo”.

CHECA LA NOTA:

Ese día, ante autoridades de comunidades indígenas y alcaldes, el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla puntualizaba que “el protocolo pretende disipar dudas respecto a la implementación del autogobierno y ejercicio del presupuesto directo, con el propósito de dar certeza legal sobre la libre autodeterminación de los pueblos originarios”.

La última reforma realizada en 2022, fue la adición de la fracción III al artículo 104 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán donde se indica que “las kuarichas, rondas y rondines comunales, o sus equivalentes de acuerdo a los sistemas normativos internos de los pueblos y comunidades indígenas, serán consideradas como cuerpos de seguridad comunal de aquellas comunidades indígenas que, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo y demás normativa aplicable, hayan determinado su autogobierno, ejerzan su presupuesto directo y hayan sido reconocidas con ese carácter por las autoridades competentes”.

Estas reformas señalan que las rondas comunitarias serán certificadas por la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán para que aprueben los examenes de confianza.

Una de las herramientas jurídicas que aún están pendientes es dar facultades al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán para que pueda tener competencia y resuelva cualquier diferencia que se tenga al interior de las comunidades en el ejercicio del autogobierno y del presupuesto directo.


Autogobierno indígena en Michoacán

II. ¿RIESGO DE CONTROL INSTITUCIONAL
SOBRE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS?

Para el gobierno de Michoacán es claro que el mayor reto es “institucionalizar” los procesos del autogobierno con una perspectiva intercultural.

El 7 de julio de 2022, por primera vez, el gobierno de Michoacán aceptaba que la idea de “institucionalizar el autogobierno” y todos los procesos con una perspectiva intercultural, como las rondas comunitarias y la auditoría de los recursos públicos, “no sería fácil”.

En el encuentro con medios de comunicación donde se informaba acerca del avance de las comunidades con el proceso de autogobierno y presupuesto directo, el subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales de la Secretaría de Gobierno de Michoacán, Humberto Urquiza Martínez reconocía que “se viene un gran reto que es la institucionalización del autogobierno”.

CONFERENCIA 7 DE JULIO

Explicaba que para poder institucionalizarlo se debía desarrollar herramientas jurídicas y políticas con esta perspectiva institucional e intercultural.

“El gran reto que tenemos es que la legislación y, olvídense de la seguridad pública, toda la que tenga que ver con la función de los autogobiernos, permitan concretar la libre determinación e interculturalidad de la prestación de servicios y de ser autoridades a través del reconocimiento de la ley.

“Esa institucionalización es el reto que tenemos. ¿Cómo aplicamos la ley, las formas de funcionamiento comunitario, que son distintos al nivel estatal y municipal federal?”, acotaba el funcionario en la conferencia de prensa.

Hasta julio de 2022, de las 24 comunidades indígenas que ejercen el autogobierno 16 tenían presupuesto directo, las restantes estaban en proceso acorde al protocolo de transición.

El doctor Humberto Urquiza Martínez fue consejero del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) en el periodo de marzo de 2013 al 28 de febrero de 2020. Además, ha escrito varios libros acerca de derecho constitucional, electoral y derecho indígena.

En entrevista con en15dias.com, el ahora subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales de la Secretaría de Gobierno de Michoacán defiende el proceso a seguir y señala que depende de las comunidades establecer los márgenes de esos derechos y seguir de manera legal e intercultural el autogobierno.

El funcionario estatal es contundente y claro: “no se controla a las comunidades, mas bien las convierte en sujetos de derechos y el gobierno estatal sólo garantiza este derecho”.

A pregunta expresa de si no es un riesgo que el gobierno del estado intervenga en estos procesos, el funcionario estatal acotó “no, porque no son del gobierno; es una lucha de las comunidades”.

“Es una lucha de las comunidades que antes de que existiera esta ley ya estaban en esos procedimientos, entonces no es un tema de un gobierno”, respondió.

El Estado Mexicano ha reconocido el principio de pluriculturalidad previsto en el artículo 2° de la Constitución Federal, conforme al cual se reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la autonomía y libre determinación, que se efectúan las constituciones y leyes de las entidades federativas.

Los artículos 1o. y 3o. de la Constitución de Michoacán reconocen la existencia de los pueblos indígenas en el Estado de Michoacán, garantizándoles los derechos consagrados en la Constitución Federal y en los instrumentos internacionales relacionados en la materia, tales como el derecho a la libre determinación que se ejercerá en un marco constitucional de autonomía en sus ámbitos comunal, regional y como pueblo indígena.

Derivado de lo anterior, se han implementado mecanismos para el nombramiento de las autoridades tradicionales de los pueblos y comunidades indígenas en el Estado, que buscan fortalecer en todo momento sus sistemas normativos internos, en la idea de que el autogobierno es la dimensión política del derecho a la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas e implica el establecimiento de un gobierno propio, cuyas autoridades son escogidas entre las y los integrantes de la comunidad.

Al respecto, el subsecretario Humberto Urquiza aclara que el gobierno sólo es garante de un derecho que ya está establecido en las normas mexicanas.

“¿Qué está haciendo el gobierno? Garantizar el derecho. Hay que recordar que el gobierno del Estado y gobierno municipal está obligado, según el artículo primero de la Constitución de Michoacán, a garantizar a las comunidades indígenas… somos garantes de derecho; tenemos que hacer todo para que ejerzan su derecho”, aseguró el funcionario en entrevista.

“No es que lo impulse desde la perspectiva política del gobierno sino que está obligado a garantizar un derecho que es el autogobierno directo. Entonces, visto así, no es una imposición del Estado es una obligación del Estado para que aquellas comunidades que quieran las acompañamos”.

El 17 y 18 de julio, las autoridades estatales dieron una serie de capacitaciones a 14 comunidades para proporcionar herramientas en temas como el origen y aplicación de los recursos, comprobación y gastos, transparencia y rendición de cuentas, armado de proyectos ejecutivos en materia de obra pública, así como el acompañamiento en materia de protección civil, medio ambiente y combate frontal a la corrupción. Todas estas capacitaciones apoyadas por 10 dependencias encargadas de estos temas.

La idea, según explica el funcionario, es regular con perspectiva intercultural las normas en salud, educación, de gasto y procedimientos.

“¿Qué falta? Falta el tema de darle una perspectiva intercultural a los demás aspectos que son responsabilidad de las comunidades indígenas. Lo que hicimos en el tema de seguridad, por ejemplo, hacerlo en transparencia, rendición de cuentas y analizar una perspectiva de la ley de cuentas que no sea el que se establece actualmente en la ley que rige para ayuntamientos y que no tiene la perspectiva intercultural”, aseguró el funcionario.

El funcionario señaló que la importancia de la institucionalización reside en la perspectiva intercultural y reformar la ley para incorporar una nueva institución de seguridad de gastos desde la perspectiva intercultural.

“A eso me refería cuando hablábamos de un reto intercultural de los autogobiernos que no sean otro ayuntamiento más porque eso no serviría de nada ese es el gran reto”.

El subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales de la Secretaría de Gobierno de Michoacán, Humberto Urquiza Martínez, da un esbozo de las tres acciones que debe implementar el gobierno del estado para garantizar el derecho.

Comunidades indígenas de Michoacán buscan el presupuesto directo

Primero, “legislar e incorporar en la ley todas las herramientas jurídicas” para garantizar ese derecho. Segundo, “el trabajo con las comunidades desde esa perspectiva como la sociedad como el propio gobierno municipal, el gobierno estatal y federal visualizan a estos autogobiernos distintos, que no fueran como Ayuntamiento, de respetar su forma de organización interna para actos administrativos.

Y tercero, “¿cómo hacerle para esas comunidades que no están en autogobierno? Pues hay que trabajar con ellos, sin duda hay comunidades que no han querido pasar al autogobierno y hay que trabajar con ellos; claro, en una perspectiva de también apoyarlas pero tenemos que tomar en cuenta que forman parte de un Ayuntamiento pero como no tienen recursos directos como otras comunidades, estamos trabajando con ellos evidentemente para trabajar en un esquema distinto en su esquema de autonomía o de funcionar con el gobierno del estado o municipales”.

AUDIO ENTREVISTA EN15DIAS.COM:
Humberto Urquiza Martínez, subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales de la Secretaría de Gobierno de Michoacán

AUDIO: Humberto Urquiza Martínez, subsecretario de Enlace Legislativo y Asuntos Registrales de la Secretaría de Gobierno de Michoacán.

¿QUÉ DICE EL IEM?

En entrevista con en15dias.com, el maestro Ignacio Hurtado, Consejero presidente del Instituto Electoral de Michoacán, señaló que hasta agosto de 2022 se han recibido 22 solicitudes, tres de ellas fueron declaradas suspendidas porque no se llevaron a cabo las asambleas o porque la propia comunidad determinó esperar y 14 han concluido y han transitado a este esquema a través de la ley orgánica. 

AUDIO ENTREVISTA EN15DIAS.COM:
Maestro Ignacio Hurtado, Consejero presidente del Instituto Electoral de Michoacán


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III. EL MOVIMIENTO INDÍGENA
¿SUBORDINACIÓN A LA LÓGICA DE ESTADO?

En Michoacán existen 500 comunidades indígenas, distribuidas en al menos tres regiones importantes: Meseta Purépecha, la región Oriente y Costa. Sin embargo, no todas ellas podrán acceder al autogobierno y presupuesto directo.

De estas, al menos 129 tenencias indígenas tienen la oportunidad de poder acceder a estos derechos, mientras que las restantes, identificadas por ser encargadurías del orden, no podrán ya que la Ley Orgánica de la Administración Pública no establece que ese tipo de mando pueda acceder a estos derechos.

En Michoacán, el movimiento indígena es diverso y dentro de sus comunidades tienen distintas características en sus procesos de mando y toma de decisiones, incluso contradicciones.

Al menos dos actores importantes han empujado, desde sus perspectivas, diversos acuerdos con el gobierno del estado: el Frente por la Autonomía, que representa a 13 comunidades indígenas, y quienes han impulsado las últimas reformas para construcción de derechos y el Concejo Supremo Indígena de Michoacán, que concentra a 65 comunidades indígenas, y quienes han sido críticos ante el avance de acuerdos y leyes, que desde su perspectiva, “no fueron consultados a las comunidades indígenas por la autoridad estatal”. 

A estos casos, se suma el fenómeno extraordinario de Nahuatzen, donde se vive un conflicto entre tres sectores de la comunidad: quienes representan al Concejo Autónomo, quienes tienen un acuerdo con el Ayuntamiento y quienes han solicitado al IEM, una consulta bajo otro régimen. Este conflicto se registra después de la crisis de gobernabilidad del 2015, que finalizó en 2018 con el encarcelamiento de líderes sociales, quienes fueron liberados, tres años después, por una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

CHECA EL REPORTAJE: Nahuatzen, una lucha incansable por su libertad


FOTO: DAVID ROMERO / en15dias.com

Para David Romero hay un riesgo de subordinarse a la lógica del Estado.

Daniel David Romero Robles es abogado y fue integrante del primer gobierno comunal de Cherán, desde donde se replanteó el concepto de rondas comunitarias.

En entrevista con en15dias.com, recuerda que “cuando en la comunidad de Cherán se planteó reactivar las rondas comunitarias se discutía no ponerle como policía comunitaria o cuestionar los mismos conceptos de policía, porque ya estaba asociado con corrupción, con subordinación al crimen organizado. Todo menos seguridad”.

“Entonces se plantea el término de ronda comunitaria y que fuesen integrantes sólo de la comunidad. Fue como una respuesta de rechazo a esta subordinación de las instituciones de seguridad haciendo énfasis en que sus mecanismos de control de confianza y en la lógica institucional no garantizaban el cuidado de la población”, reflexiona Romero Robles.

“Fue como una respuesta a la lógica contra hegemónica de Estado, en el tema de seguridad, en proponer una ronda ajena a esa dinámica y demostrar que eran eficientes y eficaces en el tema de seguridad de nuestra comunidad”.

El abogado, que fue responsable de la ronda comunitaria de Cherán en el primer gobierno comunal, recuerda que en los tiempos del priísmo en el estado con Fausto Vallejo y Alfredo Castillo, “se nos pedía, se nos exigía que le entráramos en este proceso de control y confianza, como en la lógica de la institucionalización”.

En aquel momento la propia comunidad de Cherán había definido no entrar en esa dinámica “porque se perdía la mística de lucha de la cual se había prendido el movimiento de Cherán y haciendo la ronda no tendría que ser una institución permanente de la comunidad, es decir, había surgido como un momento coyuntural: por el tema de seguridad y crimen organizado”.

Destaca que esto llevó a tener como la postura política ideológica mantenerse al margen de la lógica del Estado, “siempre siendo como muy respetuosos, incluso en el ejercicio del derecho de libre determinación porque había una línea muy delgada entre el respeto frente a las instituciones del Estado o la subordinación de la lógica del Estado”.

David Romero acepta que en su momento fue muy importante la reflexión y postura política al interior de las comunidades, pero “nos fue desgastando, y obviamente las condiciones internas y externas fueron empujando a que la dinámica fuera más como la lógica de la negociación con el Estado y los actores también se metieron más como en esta dinámica, en esta lógica”.

El abogado de Cherán ve en Michoacán un riesgo de subordinación ante el Estado. Y pone como ejemplo a la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias (CRAC), el sistema alternativo de seguridad y justicia basado en derecho indígena, pero cuya aplicación incluye a mestizos, en contravención de la hegemonía estatal creado en 1995, en la montaña de Guerrero.

LA CRAC 1995-2006

“Creo que como experiencia más avanzada en el tema habría que hacer el comparativo con la CRAC en Guerrero, que de ser un ente de resistencia social luego se subordina a la lógica del Estado y se convierte en un instrumento de negociación para otros intereses. Se da la división en la CRAC y una dinámica muy preocupante”, destaca el abogado Romero Robles.

Para David Romero es claro que la intención de institucionalizar los procesos de autogobierno en Michoacán puede traer efectos como en Guerrero.

“Porque hoy en día, si observas la disputa ideológica y política que han avalado y que están en la dinámica de la mejor articulación frente al estado, entre quienes quieren liderear como el tema político del presupuesto directo y del ejercicio de la libre autoterminación. Pero no quiere decir que esa sea la lógica real de la participación política de las propias comunidades. Entonces este tema no creas que se está discutiendo en el interior de las propias comunidades, ha sido más bien de quienes han querido asumir la dirección política; ahí yo creo que puede generar un problema serio a mediano plazo”.

AUDIO ENTREVISTA EN15DIAS.COM:
Daniel David Romero Robles es abogado y fue integrante del primer gobierno comunal de Cherán


FOTO: ORLADO ARAGÓN.

Orlando Aragón es abogado, desde hace 13 años mediante el Colectivo Emancipación ha acompañado a un sector de los pueblos originarios en su autogobierno y su autonomía mediante resoluciones judiciales.

En el último año ha participado con el gobierno de Alfredo Ramírez Bedolla como parte del acompañamiento a las comunidades en la construcción de la agenda de los pueblos originarios.

Es el autor intelectual, junto con Humberto Urquiza, de lo que serían las reformas a la Ley Orgánica de la administración pública que dan el procedimiento de institucionalización del autogobierno para acceder al presupuesto directo y a la libre determinación de los pueblos.

El martes 12 de julio de 2022 el gobierno del Estado publicó en el periódico oficial de la Federación las reformas que generó el congreso del Estado al adicionar al artículo 104 la fracción tres de la ley del sistema estatal de seguridad pública de Michoacán de Ocampo las cuadrillas rondas y rondines comunales usos equivalentes de acuerdo a los sistemas normativos internos de los pueblos y comunidades indígenas.

Para Orlando Aragón “es un inicio, es el comienzo de un proceso que debe de ser más amplio, que debe de contener digamos más normatividad, más reflexión política. Es apenas un reconocimiento pequeño pero que abre la puerta a un debate más amplio y que además, resuelve lo inmediato que tiene que ver con el reconocimiento legal”.

Orlando Aragón, quien ha acompañado a las comunidades integradas por el Frente por la Autonomía en sus procesos por sus derechos al autogobierno, explica que el movimiento indígena “es heterogéneo pero comparte la visión crítica hacia el sistema de partidos y la organización mediante gobiernos comunales electos en la asamblea.

“Aquí en Michoacán tenemos una particularidad, si bien el movimiento por el autogobierno ahora es la última faceta del movimiento indígena que se hace a centrado en la replicación del autogobierno, (el movimiento indígena) es un movimiento diverso, plural, heterogéneo pero que comparte elementos que la mayoría de las experiencias tiene por ejemplo la inmensa mayoría de los procesos de lucha no está excenta de una crítica al sistema de partidos políticos, y por otro lado más que organizaciones sociales se conjuntan en gobiernos comunales electos en la asamblea”.

Según Orlando Aragón, otra de las particularidades, es que la “experiencia michoacana combina la movilización política con la movilización legal del derecho para alcanzar los objetivos de autonomía y autogobierno”.

“El tema de la seguridad ha sido uno de los puntos capitales de toda la movilización, una de las principales razones por las que las comunidades se han organizado, y en ese sentido, por eso lo que ocurrió en el Congreso del Estado significa algo muy importante para los concejos porque el tema de la seguridad siempre ha estado vinculado con este movimiento de la autonomía y el autogobierno”.

Ante el riesgo de que las comunidades sean cooptadas por la lógica del Estado con un autogobierno institucionalizado, Orlando Aragón afirmó que “ese es el riesgo, por supuesto”.

“Acá la situación más bien es: ¿qué es lo que quieren las comunidades?. Las comunidades cuando se organizan, se levantan, no quieren separarse del Estado, no quieren estar fuera de la ley, quieren que la ley los tome en cuenta, quieren formar parte del Estado pero renegociar su relación con el Estado, no quieren formar parte como lo son ahora: invisibilizados, destruidos, marginados, o en el mejor de los casos, usados de objeto multicultural, objeto folklórico, etc. Quieren ser un sujeto activo”.

Para el investigador y abogado esa es una singularidad aquí en Michoacán. “Realmente es una autonomía de facto, pues yo el tiempo que tengo conociendo y participando en los movimientos acá nunca ha sido el horizonte, ni desde Cherán ni hasta ahora, por eso se ha recurrido a los tribunales, se apela al derecho pero no a la forma de justicia tradicional, monocultural, colonial, excluyente, fascista ni a este Estado”.

“Se busca construir otra estatalidad, se busca construir otra esta estatalidad descolonizada, interculturalidad, indigenizada, si se me permite la expresión, en donde las comunidades indígenas formen parte y transformen a su vez a este Estado que ahora existe”.

Para el abogado de Emancipaciones es claro: “Por supuesto que el riesgo va a ser que el gobierno, incluso con buenas intenciones, vaya a querer llevar agua a su molino y con esto querer institucionalizar, oficializar, domesticar, folklorizar, incluso, la autonomía y el autogobierno pero la tarea de que eso no ocurra es de las comunidades, es de los actores que participamos en esto”.

“Más bien nosotros estamos en otro lado ahora, y esta situación la tenemos que asumir, ese es el riesgo, esa es la disputa que tienen las comunidades de otra manera pues estaríamos faltando a lo que nos han encargado, lo que nos encomiendan las asambleas en las comunidades indígenas; pensar en algo que no tenga que ver con la ley, con el Estado, etc. pues no es lo que están planteando. Incluso en este tema de seguridad, lo que preocupa a todas las responsables de las rondas comunales es que sus integrantes tengan un buen equipamiento, condiciones laborales, como seguro de vida etc. para desempeñar una función laboral que es de servicio de la comunidad”.

La situación es como conseguimos que se logre eso sin que sean domesticados, y que sean integrados y subordinados al Estado y es donde ahí es importante saber cómo funciona el derecho como funciona la ley como funciona el Estado para al menos intentar transformarlo, intentar cambiarlo y cambiar la lógica no es una cosa sencilla pero también creemos que no es imposible y que además ese es el desafío que nos están planteando en las comunidades”.

El abogado señala que “en abstracto por ejemplo, en una posición más académica, siempre existe esta idea de lo contraestatal pero cuando tienes enfrente actores como el crimen organizado no es tan sencillo, es más complejo por que lo que está el juego es la vida de las personas”.

AUDIO ENTREVISTA EN15DIAS:COM

Orlando Aragón


FOTO: Pável Uliánov Guzmán.

Pável Uliánov Guzmán es vocero del Concejo Supremo Indígena de Michoacán, quien concentra a 65 comunidades indígenas, y quienes han sido críticos ante el avance de acuerdos y leyes, que desde su perspectiva, “no fueron consultadas las comunidades indígenas por la autoridad estatal”. 

En entrevista con en15dias.com, da sus impresiones acerca del proceso que ha iniciado el gobierno de Michoacán, en donde ha impulsado una serie de herramientas jurídicas que permiten garantizar el autogobierno indígena, la última de ellas la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

Pável Uliánov destacó que “primero, esta iniciativa de ley que presentó el titular del gobierno del Estado no fue consultada; no se consultó a las comunidades originarias tanto es así que no existe una sola acta de Asamblea General, la máxima autoridad de los pueblos indígenas; una consulta como debe de ser: libre, previa, informada, culturalmente adecuada y vinculatoria entonces lo primero que vemos es que no se consultó”.

El vocero señaló que la ley aprobada por el Congreso local “se va a consultar, es lo primero que vamos a hacer nosotros, se va a consulta de las comunidades indígenas que conforman el Concejo Supremo; la tienen que conocer para que puedan opinar o emitir alguna opinión”.

Como segunda observación, el Concejo Supremo ve que “algunas cuestiones no están bastante claras, por ejemplo vemos que no aplica a todas las comunidades indígenas sino únicamente a los consejos de gobierno comunal que ya tienen su presupuesto directo pero, por ejemplo, no aplica a todas las comunidades”.

“Con la ley orgánica municipal  actualmente sólo pueden acceder al presupuesto directo las 129 tenencias pero no puedo acceder al presupuesto directo 350 encargaturas del orden. No están reconociendo los derechos colectivos de todas las comunidades sino solamente de algunas comunidades independientemente de que tengan o no el Concejo de gobierno”, indicó Pável Uliánov.

El vocero del Concejo Supremo Indígena en reiteradas ocasiones entrevistado por en15días.com ha establecido que el procedimiento de autonomía registrado en la Ley Orgánica de la Administración Pública de Michoacán fue un un protocolo hecho en un escritorio y que la institucionalización de la autonomía no sólo se da por ley si no se da por movilización.

“Nosotros estamos claros que la autonomía la autodeterminación y el autogobierno no obedece a una ley o alguna institución gubernamental o una comunidad o a un grupo de comunidades, sino que está bajo la lógica histórica de la resistencia de la lucha y son varias banderas, varias luchas que han tenido en los pueblos de lo largo de la historia y estos van a continuar y tendrán que continuar, con o sin reformas, con o sin leyes”, destacó el vocero.

“La autonomía se puede lograr también sin permiso de nadie, como lo hicieron los compañeros de Nurio que no ocuparon ninguna ley, ninguna resolución judicial y también a través de movilizaciones. Entonces esa es solamente una de las luchas, hay otras luchas, la lucha más importante: la histórica la lucha por el territorio”.

AUDIO ENTREVISTA:
Pável Uliánov
Vocero del Concejo Supremo Indígena de Michoacán


Gustavo Ogarrio: FOTO: Arturo Chávez.

Para el ensayista y narrador, Gustavo Ogarrio Badillo lo más importante de este nuevo giro, con el nuevo gobierno de Morena en Michoacán, es que la apuesta al derecho ha sido la nueva bandera para la lucha de los pueblos originarios.  

El escritor ve tres momentos importantes en la lucha de los pueblos originarios de Michoacán: la lucha de Cherán y las resoluciones judiciales, el impulso de nuevas herramientas jurídicas y la aprobación de la rondas comunitarias.

“Lo relevante yo creo que tiene que ver mucho con que estén sentados el Frente de las Autonomías de Michoacán con el gobierno actual, tiene que ver con que a través del derecho se abre una puerta que muy pocas ocasiones, casi nunca, se ha abierto a las comunidades y es que el derecho se puede usar de otra manera, y yo creo que eso es relevante”. 

En entrevista con en15dias.com, el también columnista en La Jornada Semanal fue claro “siempre hay un riesgo” de que se sometan a las comunidades mediante estos procedimientos.

“Siempre va a haber este riesgo, y no sé si este riesgo en realidad también tenga un momento como de ventaja. Este tipo de autonomía tiene una particularidad con otras formas de autonomía y de autogobierno como la zapatista. Que sí tiene que estar articulada al Estado mexicano, sí tiene una relación estrecha y que depende presupuestalmente del Estado mexicano, totalmente”.

Sin embargo, señala el escritor que “al final de cuentas sí se corre el riesgo siempre de que esta articulación conflictiva, complicada, legislativa, jurídica y ahora en materia de seguridad, en materia de recursos pues lo que pueda hacer es que merme, quizás, como esa fortaleza autonómica que tienen las comunidades porque su fortaleza se dio en contra del Estado, sin embargo era en contra del Estado pidiendo que ese espacio territorial propio, que ese territorio comunitario, de alguna manera, se reinsertará en la arquitectura del estado de otra manera”.

Ogarrio Badillo señala que esta particularidad del caso michoacano, con las nuevas rondas comunitarias, pone en evidencia la falta de este tipo de procesos dentro de las mismas corporaciones de policía municipal.

“Estamos teniendo una cosa, que me parece totalmente asombrosa, en los últimos tiempos esas negociaciones de límites, de reglamentos, de vigilancia de procesos, de posibilidades de procesos de autoseguridad, estamos teniendo algo que habíamos de tener con toda la estructura municipal del Estado mexicano: negociaciones para controlar las policías, en este caso los cuerpos de seguridad, porque ahí está una de las situaciones más graves, donde penetra y donde están totalmente en vulnerabilidad los ciudadanos y los territorios es en el nivel municipal. De eso no se está hablando una palabra en los últimos años, ya no se ha hecho ningún esfuerzo para obtener el control político-jurídico de seguridad de las policías municipales. Entonces acá estamos viendo que se abre una puerta, que ojalá sea una experiencia que sirva para lo que viene, que es la agenda de seguridad, que es revisar desde lo municipal y submunicipal, que ahora llaman el cuarto gobierno, el cuarto nivel de gobierno, toda la estrategia de seguridad”.

El doctor en Estudios Latinoamericanos por la Facultad de Folosofía y Letras de la UNAM, reflexiona “sí, si hay un riesgo… siempre va a haber un riesgo que ese mismo estado, que ese mismo gobierno, obviamente, termine debilitando la fuerza comunitaria, la fuerza organizativa, la autodefensa. Ese es el dilema de esto, porque al final de cuentas, cómo dice Yásnaya Aguilar: ‘todos los gobiernos terminan estadeando’; siempre se comportan los estados de la peor manera, en esas crisis de poder y de legitimidad y en esta crisis de violencia.  Yo espero que no, que eso no se dé de una manera tan dramática. Yo veo como nunca una puerta que se abre en Michoacán, no sólo para Michoacán sino para todo el país y para América Latina”.

AUDIO ENTREVISTA:

GUSTAVO OGARRIO


Autonomía comunidad indígena de Sevina

Autogobierno indígena en Michoacán

IV. ¿CUÁL ES EL FUTURO?

David Romero destaca que a corto plazo podría ser funcional el planteamiento que está estableciendo esta dinámica del quehacer con las comunidades por parte del gobierno del estado.

“Como coyuntura de primer momento va a mantener ocupadas a las comunidades en esta lógica pero a mediano plazo yo creo que va a haber serias dificultades en el tema porque no se están atendiendo los temas de fondo.

“Se construye una retórica como si todas las comunidades aspiraran a lo mismo, como si hubiera ese planteamiento homogéneo de las comunidades, lo cierto es que no. Lo cierto es que hay serias dificultades entre las comunidades. No es cierto que somos como que todos andamos en una misma lógica y caminamos juntos; hay serios problemas intercomunitarios. Entonces esta construcción va a funcionar de manera inmediata pero creo que tiene muchas debilidades a mediano y largo plazo”, indica el abogado.

Pavel Ulianov va más allá. “Estamos viendo un proceso de captación por parte del gobierno del Estado. A algunos integrantes de los movimientos indígenas se les está cooptando y están trabajando y están ahí y obviamente el que trabajen en una institución gubernamental pues obedece también a quien les va ordenar y marcar la línea es el propio Estado. Eso es un problema que ha pasado siempre toda la historia de los movimientos indígenas igual pasó en tiempos pasados y volverá a pasar.

“Estamos claros que el secreto de la organización no son las leyes, no son las reformas; el secreto de la autonomía, de la organización y esta organización comunal es la que te permite ir resolviendo poco a poco los problemas en las comunidades originarias, entonces este es el objetivo central de la autonomía: la organización comunal por que la política de estado pretende desunir a los pueblos indígenas y desmovilizar, y la contraparte comunal o la política comunal debe ser lo contrario unir y la permanente movilización. No depende ni del gobierno del Estado ni de alguna comunidad ni de un colectivo sino forma parte de la propia historia”.

Hace un año y medio, en15dias.com realizó una serie de entrevistas acerca del panorama de las autonomías en los pueblos originarios.  Los tiempos eran otros, de represión hacia los movimientos indígenas y una criminalización hacia las luchas por el autogobierno y la autonomía.

En ese momento, ya había seis comunidades con autonomía, gracias a las resoluciones judiciales. Un año y medio después, con otro contexto político-social y un protocolo para el autogobierno, hay 24 comunidades con autogobierno y ocho buscando su prespuesto directo.

En el texto, “Las revoluciones de los derechos indígenas en Michoacán. Una lectura desde la lucha de Cherán”, Orlando Aragón explica el desarrollo y la evolución de la legislación en materia de derechos de comunidades indígenas.

Ahí explica que “el movimiento de los pueblos originarios de Michoacán encontró un punto de inflexión en 2011, particularmente con el surgimiento del Movimiento por la Seguridad, la Defensa del Bosque y la Reconstitución del Territorio, de la comunidad purépecha de San Francisco Cherán. A partir de la judicialización de sus demandas para tener una elección y un gobierno municipal por usos y costumbres y de su triunfo en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se abrió una nueva etapa, que aquí llamo la revolución de los derechos indígenas, en la cual en tan sólo seis años se han producido dos reformas constitucionales en la materia, dos adecuaciones en legislaciones secundarias que colocan a Michoacán a la vanguardia en algunos de estos derechos y tres de los precedentes judiciales más significativos en relación con el derecho a la libre determinación en todo México”.

Para Orlando Aragón, autor de ese texto publicado en 2017, la realidad es que la situación de los pueblos originarios actualmente debe ir más allá de Cherán.

 “Se debe aprender de lo que fue Cherán pero ir más allá de Cherán”, indica en la entrevista con en15dias.com.

“Cherán es un parteaguas. Cherán sigue siendo el momento de quiebre que explica lo que existe ahora sin la lucha de Cherán. Sin el ejemplo de Cherán, sin los derechos que obtuvo Cherán, no estaríamos acá, no habríamos ganado otras resoluciones en los tribunales, no habría ley orgánica, menos protocolo y menos rondas.

“Lo que estamos viviendo ahora depende en gran parte de Cherán pero va más allá de Cherán. Para bien o para mal con sus luces y con sus claroscuros”, reflexiona Orlando Aragón.


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