El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una controversia constitucional, promovida por el municipio de Tangamandapio, en Michoacán, en contra de diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, publicada el 30 de marzo de 2021. Búsqueda de autogobierno continúa en Michoacán
Por: Brígido Flores / en15dias.com
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una controversia constitucional, promovida por el municipio de Tangamandapio, en Michoacán, en contra de diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, publicada el 30 de marzo de 2021.
CHECA LA LEY ORGÁNICA:
En suplencia de la queja, una mayoría de Ministras y Ministros del Tribunal Pleno estimó que los artículos impugnados de la ley orgánica “son inconstitucionales por afectar los derechos e intereses de los pueblos y comunidades indígenas de la entidad, sin que se haya llevado a cabo una consulta previa, de conformidad con los artículos 2º de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales”.
Por estos motivos, declaró su invalidez.
CHECA LA RESOLUCIÓN:
Controversia constitucional 56/2021, promovida por el municipio de Tangamandapio, Estado de Michoacán de Ocampo. https://www2.scjn.gob.mx/DI/paginas/DeclaracionesInvalidez.aspx
“RESOLUCIÓN, SOBRE-DIMENSIONADA”
Para el abogado, Orlando Aragón “el derecho del autogobierno y el ejercicio de la administración directa del presupuesto persiste para todas las comunidades que ya lo están haciendo. No les va a ser tan fácil a los políticos despojar a las comunidades de sus derechos”.
Mediante sus redes sociales, el integrante del “Colectivo Emancipaciones”, caificó de “sobre-dimensionada la resolución de la SCJN en contra del derecho al autogobierno indígena en la Ley Orgánica de Michoacán”.
Aragón argumentó que “resulta pertinente recordar lo establecido en el artículo 35 Apartado IX De las disposiciones generales del Convenio 169 de la OIT”.
Artículo 35 del Convenio 169 de la OIT
“La aplicación de las disposiciones del presente Convenio no deberá menoscabar los derechos y las ventajas garantizados a los pueblos interesados en virtud de otros convenios y recomendaciones, instrumentos internacionales, tratados, o leyes, laudos, costumbres o acuerdos nacionales.”
Señaló que “la SCJN violó triplemente los derechos humanos de las comunidades indígenas. No se puede invocar el Convenio 169 de la manera en que lo hizo la SCJN; esto es, usar un derecho de las comunidades para menoscabar conquistas obtenidas por ellos mismos en otras leyes”.
CONSEJO SUPREMO, SE MOVILIZARÁ
Pável Uliánov Guzmán, vocero del Consejo Supremo Indígena de Michoacán señaló que comenzarán a realizar movilizaciones en contra de la resoluion que viola los derechos de los pueblos orginarios.
Mediante un comunicado, el Consejo convocó a una “Movilización Nacional, ante el grave atentado a los derechos colectivos de los pueblos indígenas que está realizando la SCJN”.
En el documento aseguraron que “la Ley Orgánica Municipal no fue lo suficientemente consultada. En Michoacán hay 500 comunidades originarias y la gran mayoría no fueron consultadas”.
Destacaron que “la resolución que emitió la SCJN es un golpe duro para todos los pueblos y comunidades indígenas por lo que estamos totalmente en contra”.
E informaron que comenzara “la movilización permanente en defensa de los derechos colectivos”.
“La autonomía no pertenece a una persona, a una comunidad, a un consejo o a un gobierno, pertenece a todas y cada una de las comunidades originarias. Todos los pueblos ha luchado por ello, es una conquista de los abuelos en el camino”.
“Hacemos un llamado atento y respetuoso a las comunidades indígenas para realizar una Movilización Nacional para dejarle claro a la SCJN que no vamos a permitir, por ningún motivo que violen los derechos colectivos de las comunidades originarias”.
GOBIERNO DE MICHOACÁN; APOYA A PUEBLOS ORIGINARIOS
El gobierno de Michoacán convocó a la unidad de los pueblos indígenas para impulsar una nueva reforma que restituya el derecho al autogobierno y al presupuesto directo en la Ley Orgánica Municipal de Michoacán.
El gobierno explicó que se impulsará esta normatividad para que cumpla con los requisitos que pide la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tras invalidar, en días pasados, artículos de la ley sobre autogobierno y acceso al presupuesto directo, por considerar que los pueblos originarios no fueron consultados para elaborar la Ley Orgánica Municipal vigente.
En un comunicado, el gobierno de Michoacán aseguró que “el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y comunidades indígenas con autogobierno presentarán una acción ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos al considerar la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un golpe a la lucha social para el reconocimiento pleno de la autonomía indígena”.
Este viernes, se establecieron barios acuerdos entre autoridades del estado, órganos electorales y comunidades indígenas.
“El gobernador Alfredo Ramírez Bedolla afirmó que acompañará la queja que promoverán las comunidades para revertir la invalidación de la SCJN, a dos artículos de la Ley Orgánica Municipal en materia de autogobierno y presupuesto directo”.
En la reunión de trabajo, los representantes de los consejos comunales y el titular del Ejecutivo, se pronunciaron en contra de dicha resolución al considerarla un retroceso a la justicia social y violación a principios básicos y constitucionales de los pueblos originarios.
Por su parte, el presidente del Instituto Electoral de Michoacán, Ignacio Hurtado Gómez aseguró que también se acompañarán los procesos y coincidió en diversificar las estrategias para revertir la resolución de la SCJN.
NO AFECTA AL PRESUPUESTO DIRECTO
La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que invalida el reconocimiento a los autogobiernos en la Ley Orgánica Municipal, no afecta al ejercicio del presupuesto directo por parte de las comunidades indígenas que ya han alcanzado la autodeterminación con anterioridad, aclaró Luis Navarro García, secretario de Finanzas y Administración (SFA).
Luis Navarro explicó que la sentencia de la Suprema Corte no se aplica de manera retroactiva, de tal manera que los gobiernos municipales están obligados a seguir suministrando el recurso a las comunidades que ya lograron obtener el presupuesto directo.
Subrayó que el Gobierno del Estado mantendrá la misma relación de colaboración, coordinación y gobernabilidad con las 24 comunidades que tienen autogobierno, ya que muchas de ellas son beneficiarias de programas y fondos estatales como el Faiespum.
Finalmente, recalcó que la libre autodeterminación de los pueblos indígenas es un derecho constitucional, por lo que confío en lo dicho por el gobernador Alfredo Ramírez Bedolla, en el sentido de que se hará trabajo Legislativo para que la Ley Orgánica Municipal reconozca nuevamente a los autogobiernos.
PANORAMA DEL AUTOGOBIERNO

El último año, los pueblos originarios y comunidades indígenas de Michoacán han trazado el camino hacia su autogobierno, al acceso al presupuesto directo, y con ello a la autonomía de decisión sobre sus comunidades.
Este proceso, único en el país, ha traído una discusión al interior de los pueblos originarios, dentro del Congreso del Estado y del gobierno estatal acerca de la pertinencia de que desde la institucionalidad gubernamentalsedirija, supervise y evalúe la gobernanza de los pueblos y comunidades originarias.
Desde que tomó posesión el mandatario Alfredo Ramírez Bedolla, el gobierno del estado comenzó a trazar con mayor fineza, mediante un paquete de “herramientas jurídicas”, lo que sería el autogobierno para los pueblos originarios que, desde la perspectiva gubernamental, deben ser “institucionales e interculturales”.
Tanto en las funciones de las rondas comunitarias, como las del autogobierno y el proceso de accceso al presupuesto directo, el gobierno de Michoacán pretende institucionalizar sus procesos para tener una “evaluación y supervisión” de las comunidades, ya que son “sujetos de ley”, según las nuevas reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.
En Michoacán, hay 129 tenencias indígenas y la intención del gobierno del estado es que en un año puedan someterse a consulta para determinar su forma de gobierno y gestión de presupuesto directo. La autoridad electoral estatal estima 70 comunidades que podrían participar este 2022.
Sin embargo, hasta el momento hay 24 comunidades indígenas que ya han transitado al autogobierno en Michoacán a través de tres mecanismos: nueve comunidades por resoluciones en los tribunales, dos por convenios con los ayuntamientos y 13 comunidades a través de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal de 2021.
Dentro de quienes encabezan el movimiento indígena se dividen las opiniones en torno a la institucionalización del autogobierno y del riesgo que habría para la verdadera autonomía indígena.
en15dias.com conversó con los actores que han participado, y en otros casos analizado, este proceso: el doctor Orlando Aragón, abogado del colectivo Enmacipaciones; David Romero, abogado y poblador de Cherán; Pável Uliánov, vocero del Concejo Supremo Indígena de Michoacán; el doctor Humberto Urquiza Martínez, subsecretario de Enlace Legisaltivo y Asuntos Registrales, de la Secretaría de Gobierno de Michoacán, además del maestro Ignacio Hurtado, consejero presidente del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) y el periodista y escritor Gustavo Ogarrio.
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