Publican Reglamento Interior de la Semarnat

El 27 de julio de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Dicho Reglamento Interior define el ámbito de competencia de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que la integran, a efecto de asumir los cambios estructurales propuestos por la Semarnat con motivo del cambio en la política ambiental impulsado por la Administración 2019-2024.

El gobierno de México señaló que “debido a la reestructuración organizacional por la entrada en vigor de la Ley Federal de Austeridad Republicana, otorgando certeza jurídica a los particulares respecto de la actuación de dicha dependencia del Ejecutivo Federal”.


¿CUÁLES SON LAS MODIFICACIONES?
Este Reglamento modifica la estructura orgánica vigente de la Secretaría:

  1. Se modifica la denominación de la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental, para quedar como Subsecretaría de Política Ambiental y Recursos Naturales, así como la denominación de la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental, para quedar como Subsecretaría de Regulación Ambiental.
  2. La Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental desaparece de la estructura organizacional de la Semarnat, por lo que sus atribuciones se transfieren a las subsecretarías de Regulación Ambiental y de Política Ambiental y Recursos Naturales.
  3. Se modifica la denominación de Oficialía Mayor, para quedar como Unidad de Administración y Finanzas, para armonizarse con la reforma al artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el DOF el 30 de noviembre de 2018.
  4. Se fusionan las direcciones generales de Planeación y Evaluación, y la de Estadística e Información Ambiental para conformar la Dirección General de Planeación, Evaluación y Estadística Ambiental.
  5. Se crea la Dirección General de Agroecología y Patrimonio Biocultural, con el objeto de incluir un enfoque agroecológico y del patrimonio biocultural en los instrumentos de política y gestión ambiental, lo cual responderá a lo establecido en Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
  6. Se modifica la denominación de la Unidad Coordinadora de Delegaciones, para quedar como Unidad Coordinadora de Oficinas de Representación y Gestión Territorial, así como las Oficinas de Representación, de acuerdo con la reforma al artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el DOF el 30 de noviembre de 2018.

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